sábado, 29 de abril de 2017

ELECCIONES GENERALES DE MANDATARIOS POR SOBERANÍA NACIONAL.

CONDICIONES MÍNIMAS PARA GARANTIZAR TRANSPATRENCIA
EN NUEVO PROCESO DE ELECCIONES GENERALES.


TODOS LOS CANDIDATOS SERÁN ELEGIDOS EN PRIMARIAS.




LA UNIDAD PERFECTA CÍVICO Y MILITAR TENDRÁ CANDIDATO ÚNICO.


EL PODER DEL PUEBLO ES EL QUE DECIDE SUS MANDATARIOS.



SOBERANÍA NACIONAL SERÁ EJERCIDA POR EL PUEBLO EN ELECCIONES 
SECRETAS, DIRECTAS,CONFIDENCIALES Y UNIVERSALES, CON TODOS 
LOS PODERES PÚBLICOS SUPEDITADOS.



EN PARALELO SE DEBE REVOCAR A NICOLÁS MADURO POR DOBLE ILEGITIMIDAD: DE ORIGEN Y POR DESEMPEÑO ADMINISTRATIVO.



ILEGITIMIDAD DE ORIGEN: 1°. DOBLE NACIONALIDAD(ART. 227); 
Y 2°. POSTULAR COMO VICEPRESIDENTE EJECUTIVO EN EJERCICIO(ART. 229).

ILEGITIMIDAD POR DESEMPEÑO: "ABANDONO DEL CARGO" YA CALIFICADO POR LA ASAMBLEA NAIONAL( ART. 233 ). CAUSAL AGRAVADA DE INCOMPETENCIA INTELECTUAL POR IGNORANCIA SUPINA, JUNTO A LA DEMENCIA PRECOZ DE SU PERFIL CRIMINAL COMO FRAUDE PRESIDENCIAL.





















RECTORAS DEL CNE DEBEN SER RENOVADAS ANTES DE LAS ELECCIONES 
PARA TENER TOTAL TRANSPARENCIA
ASAMBLEA NACIONAL DEBE COMPLETAR PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS RECTORAS CON PERÍODOS VENCIDOS.
ELECCIONES CON ESTE CNE TESTAFERRO Y MERCENARIO
ES VOLVER A REPETIR LAS ILEGALIDADES QUE A CONTINUACIÓN EXPONEMOS.

DELITOS ELECTORALES DEL CNE.
Oswaldo Bellera
22 de abril de 2015 ·
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AQUI PRESENTAMOS UNA LISTA DE LO QUE DEBERÍA SER LAS GARANTIAS ELECTORALES MAS IMPORTANTES Y DEL PORQUÉ SIENDO GARANTIAS NO PRESENTAN FIABILIDAD...... .....
Primeramente tenemos que recordar pero tambien aceptar que un régimen que persigue,censura,asesina, reprime,tortura, cercena la libertad de expresión, restringe las libertades ciudadanas,promociona bandas delictivas paramilitares como fuerza de choque, un régimen que ha secuestrado todos los poderes públicos promulgando y modificando leyes a su voluntad, violando constantemente la Constitución Nacional tiene un solo nombre: "dictadura" ,un sistema tiránico ..
Por lo tanto el poder electoral no se escapa de éstos fanáticos criminales ideológicos convirtiéndola en un organismo pervertido y podrido hasta la médula .
Ahora cual es el problema de la MUD que se rehúsa a aceptar esta realidad tan tiránica? por que no confrontan la realidad? Cual es el miedo? Por qué su empeño en legitimar algo que ellos mismos saben que no es verdad?.Ahora como puede aceptar que la MUD nos conduzca a unas elecciones parlamentarias en éstas circunstancias? , como se puede digerir este planteamiento?
..... cuando unos delincuentes ha secuestrado todas las instituciones del estado y hacen de las leyes y la constitución todo lo que les venga en gana sin ningún respeto de nada......Entonces ¿cual es su discurso?.
¿ Cuando tenemos un régimen dictatorial que conjuntamente con la Mud nos llaman a una mentira de fiesta electoral democrática , sin ni siquiera tener la mas importantes garantías electorales?
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LO QUE DEBEMOS GARANTIZAR EN LOS NUEVOS
PROCESOS ELECTORALES:
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I°. CUANDO TENEMOS UN CNE QUE NO PERMITE LA OBSERVACIÓN INTERNACIONAL CALIFICADA ( OEA, ONU, U UNION EUROPEA)
Desde hace años el CNE eliminó la figura de observadores internacionales y en sustitución designó los llamados “acompañantes internacionales”, los cuales circunscriben la observación al día del acto de votación y no gozan de autonomía suficiente para “observar” el proceso en todas sus fases.
Por otra parte, los observadores nacionales están fuertemente limitados por un reglamento de observación que les prohíbe dar alguna declaración sin que la misma haya sido previamente aprobada por el CNE.
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II°. CUANDO DESDE HACE MAS DE 10 AÑOS EL CNE NO REALIZA AUDITORIA DEL REGISTRO ELECTORAL (RE)..Y NO EXISTE INTENCIÓN DE HACERLO..
El RE no ha sido auditado desde 2006. La última auditoría independiente fue realizada hace más de 9 años por CAPEL (Centro de Asesoría y Promoción Electoral).
La Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE) no permite entregar la dirección de los electores con lo cual los partidos no pueden auditar en forma independiente el Registro Electoral.
La figura de “Fiscal de cedulación” desapareció sin ser sustituido por algún mecanismo de auditoría sobre el proceso. Desde el 2003 el proceso de cedulación sufrió cambios importantes que permitieron la incorporación de millones de personas indocumentadas al RE.
Existe un rezago importante entre la emisión de las partidas de defunción y el retiro de los fallecidos del RE.
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III°. CUANDO EL CNE VIOLA LA ORDENANZA CONSTITUCIONAL DE PROHIBICIÓN DE CADENAS DURANTE LA CAMPAÑA ELECTORAL QUE INCLUYE PROHIBICIÓN DE CADENAS DE PRECAMPAÑA 3 MESES ANTES DEL INICIO DE LA CAMPAÑA ELECTORAL OFICIAL, NO SE CUMPLE ,SON VIOLADAS EN COMPLICIDAD CON EL CNE
Las cadenas de radio y TV, de corte electoral, violan los artículos constitucionales N° 57 y 58 relativos a la libertad de expresión y al derecho a la información y al Art.68 de la Ley contra la Corrupción que pena con cárcel el ventajismo electoral: video.
Informes electorales internacionales reflejan el uso abusivo de las cadenas y del Sistema Nacional de Medios Públicos para transmitir mensajes del gobierno en campaña a favor de candidatos del partido de gobierno, PSUV, sin que los candidatos de la oposición tengan acceso a espacios similares.
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IV°. CUANDO NO SE CUMPLE LO ESTIPULADO POR LOS REGLAMENTOS DEL CNE EN REFERENCIA AL VENTAJISMO DE LA PUBLICIDAD ELECTORAL POR PARTE DEL RÉGIMEN.......
Venezuela vive un “bloqueo” informativo producto de leyes que limitan la libertad de expresión e información, de ataques sistemáticos a periodistas y medios independientes, de asfixia financiera a medios no oficialistas vía multas arbitrarias, de negación de divisas para papel periódico y de autocensura. Todo esto ha creado una hegemonía comunicacional gubernamental, ilegal y ventajista. El sistema de medios públicos ya no es del Estado,sino que ha sido privatizado por el partido de gobierno, PSUV.
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V°. CUANDO NO HAY CUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CNE ,EN LA FIGURA DE LA "REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL" QUE EXIGE LA CONSTITUCION..
La representación proporcional es un principio establecido en la Constitución Nacional en tres de sus artículos:
Art.63 “El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.” Art.186 “La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional”. Art.293. “Los órganos del Poder Electoral garantizarán la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales, así como la aplicación de la personalización del sufragio y la representación proporcional.”
La Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) del 2009 rompió el precepto constitucional de la representación proporcional.Como consecuencia, en las elecciones parlamentarias del 2010, el PSUV superó a la MUD por solo 1% (48% a 47%), sin embargo logró 49% más diputados (97 a 65).
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VI°. CUANDO AUSPICIA LA BURLA CONSTANTE DE UN CNE EN REFERENCIA AL SECRETO DEL VOTO...NO HAY FORMA DE QUE HAGAN UNA CAMPAÑA PUBLICITARIA CREIBLE SOBRE EL SECRETO DEL VOTO...SE LES VE SUS MALAS INTENCIONES EN LO QUE HACEN O DICEN
En el caso del secreto del voto encuestas revelan que buena parte del país no cree que el voto sea secreto. El sistema Capta Huellas contribuye a la percepción de que el voto no es secreto ya que la huella del elector lo identifica y el CNE no ha explicado, con claridad, cómo es que esta información se aísla del voto (aunque las auditorías técnicas si lo han comprobado) Sin embargo, el CNE ha permitido una sutil campaña publicitaria de intimidación a los votantes que genera dudas sobre el secreto del voto. En el siguiente comercial sobre cómo votar es visible la cédula de identidad de un elector mientras vota.
En par de alocuciones televisadas desde el Poder Ejecutivo, Nicolás Maduro aseguró que conocía la identidad de 900.000 electores que no votaron por él contribuyendo a crear desconfianza en el voto
Dichas declaraciones nunca han sido desmentidas por el CNE.
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VII°. CUANDO NO EXISTE UN CNE IMPARCIAL QUE PUEDA SANCIONAR DE FORMA ENÉRGICA Y DECIDIDA EL USO DE RECURSOS PÚBLICOS EN CAMPAÑA ELECTORAL QUE ADEMÁS DE SER UN DELITO , CONSTITUYE UN HECHO DE CORRUPCIÓN..
Las sanciones que el CNE impone a quienes violan la normativa electoral no son efectivas para evitar los delitos electorales. Además, sus decisiones son lentas.
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VIII°. CUANDO EXISTEN CENSURAS DE PARTE DEL CNE A LAS ONG PARA EVITAR QUE TRANSMITAN MENSAJES QUE PROMUEVAN LA PARTICIPACION DURANTE LA CAMPAÑA ELECTORAL LO CUAL ES INCONSTITUCIONAL...
El CNE se ha convertido en un censor inconstitucional. Su accionar viola el artículo 62 que indica que “todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos”, así como el artículo 58 que sostiene que “la comunicación es libre y plural”. Las ONG , han recibido censura en elecciones,.
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IX°. CUANDO NO EXISTE ACCESO EQUITATIVO A LOS MEDIOS PÚBLICOS DE CANDIDATOS NO OFICIALISTAS
La privatización del sistema de medios públicos a favor del partido del gobierno, PSUV, de acuerdo a lo previsto en el artículo 68 de la Ley contra la Corrupción es un delito de “corrupción”: “El funcionario público que abusando de sus funciones, utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, grupo, partido o movimiento político, será sancionado con prisión de un (1) año a tres (3) años”.
La política de exclusión en Venezuela, de discriminación política, impide el acceso a los medios públicos de candidatos de partidos políticos distintos al oficialismo.El CNE nunca ha tomado medidas en referente a ésto..
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X°. CUANDO NO EXISTE TRANSPARENCIA EN DEFINICIÓN DEL NÚMERO DE DIPUTADOS Y CIRCUNSCRIPCIONES ELECTORALES...
La cantidad de diputados por Estado puede ser variada ajustando la población de los mismos. Esto puede ser hecho de manera discrecional por la Asamblea Nacional.
“Dada la distribución geográfica de las circunscripciones (donde se favorece a estados de baja densidad poblacional y electoral, en detrimento de los de alta densidad) es perfectamente posible que la fuerza que gane la mayoría de los sufragios nacionalmente, no tenga la mayoría de los curules”..
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XI°. CUANDO LAS FUERZA ARMADA NACIONAL YA NO CONSTITUYE UNA INSTITUCIÓN CONFIABLE COMO CUSTODIO DE LAS ELECCIONES
La Constitución de Venezuela delimita claramente el ámbito de actuación público de la Fuerza Armada Nacional (FAN). En el artículo 328 se consagra que es una fuerza esencialmente profesional y que en contexto de sus actuaciones “están al servicio de la nación y en ninguna caso al de persona o parcialidad política alguna”. De igual manera el Art.330 prohíbe a la FAN “participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político”.
Dada las inconstitucionalidades de la ley de la fuerza armada, ahora bolivariana (FANB), del Recurso de Interpretación del Tribunal Supremo de Justicia, N° 651, que le permite a la misma participar en proselitismo político, y de las declaraciones permanentes del Ejecutivo y del Alto Mando Militar que alegan que dicha fuerza armada es “chavista”,Ésta partidización de las Fuerzas Armadas Venezolanas ,las inhabilita de ser garantes de imparcialidad durante las elecciones. ante la transformación de la Fuerza Armada venezolana en un partido político armado.
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XII°. CUANDO EL HORARIO DESDE LAS 5 A.M.HASTA LAS 11 P.M. APARTE DE SER VIOLATORIA DE LA LEY DEL TRABAJO, ES UNA TRAMPA
El CNE no se adapta al standard de votacion internacional que es desde las 7 a.m. hasta las 4p.m. por chanchullos preestablecidos, para estar protegidos en la nocturnidad para cometer delitos electorsales
, tales como el traslado de votantes a la hora de cerrar los centros, y el asedio nocturno de testigos por parte de grupos paramilitares oficialistas.Tal como ha sucedido...
Por último, reduciría una labor de 18 horas, desde la 5am hasta las 11pm -violatoria de la misma Ley del Trabajo-
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XIII°. CUANDO EN VENEZUELA NO EXISTE PRIVACIDAD TOTAL DEL ACTO DE VOTACIÓN...
El acto de votación en Venezuela no es privado. Miembros de Mesa y Testigos pueden observar al ciudadano, parcialmente, mientras vota y, deducir, por el movimiento físico del elector por quien está marcando su selección. Este sistema “semi-privado” está diseñado para intimidar al votante. Ante cuantiosas denuncias se exigió, que se elevara la altura del parabán que oculta al elector. El CNE adoptó unas medidas parciales, insuficientes y el acto de votación sigue siendo semi-privado. No existe un recinto, realmente privado para votar....
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XIV°. CUANDO EXISTE EL FRAUDE DEL "VOTO PUYAO" .......EL CNE MIENTE SOBRE LA INVULNERABILIDAD EN LA USURPACIÓN DE LA IDENTIDAD DEL ELECTOR.....
Todo esto lo puede hacer un solo dedo de un delincuente electoral. Ese es el “voto puyao”.
El sistema electoral venezolano presenta una vulnerabilidad técnica que permite a delincuentes electorales usurpar la identidad de electores y votar por ellos. Esta deficiencia técnica es prueba de que todo el sistema de capta huellas se utiliza para intimidar al elector con la falsa creencia de que el voto no es secreto. Las capta huellas no impiden que un delincuente electoral vote varias veces. Este delito, supuestamente, se descubre después del cierre de las votaciones, en una auditoría que jamás ha sido pública. El CNE incluso ha difundido la siguiente cuña sobre la invulnerabilidad en la usurpación de la identidad del elector la cual es falsa.
El sistema electoral automatizado de Venezuela no evita, por ejemplo, que un grupo de miembros de mesas, que sean del mismo partido político, sin supervisión alguna, puedan ponerse de acuerdo para meter votos a la máquina. Y “eso” se logra activando la máquina y apretando la tecla que introduce los votos. Todo esto lo puede hacer un solo dedo de un delincuente electoral. Ese es el “voto puyao”.
Se le ha propuesto al CNE mejorar éste talón de Aquiles del sistema electoral automatizado con la auditoría de los cuadernos de votación y de las huellas que permitiría verificar irregularidades y delitos, pero, sospechosamente, el CNE se ha negado.
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XV°. CUANDO ESTAMOS EN PRESENCIA DE UN BOCHORNOSO SECUESTRO DEL NUEVO CNE POR PARTE DEL OFICIALISMO LA DESIGNACION DE LOS RECTORES AL CNE FUE EN UN PROCESO VERGONZOSAMENTE FRAUDALENTO A LAS NORMATIVAS CONSTITUCIONALES Un fraude ,una burla para los ciudadanos venezolanos que anhélan tener rectores imparciales e independientes y contar con un sistema electoral realmente confiable tal como lo exige la constitucion nacional , pero no todo fue un nuevo golpe de estado al derecho y un nuevo vulgar secuestro del CNE en manos de los delincuentes del régimen....
La reciente designación, de nuevo, de Tibisay Lucena y Sandra Oblitas, como Rectoras del CNE, fue decidida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo afecta al régimen, en abierta violación a la Constitución, que remite esta decisión a la Asamblea Nacional en su artículo 296: “Los o las integrantes del Consejo Nacional Electoral serán designados o designadas por la Asamblea Nacional con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes”. Al no tener el partido de gobierno, PSUV, los votos necesarios se negó a un consenso con la oposición y recurrió al Tribunal Supremo, desde donde impuso la repetición en el cargo de Lucena y Oblitas, simpatizantes del PSUV.
Las otras 2 Rectoras, Tania D´Amelio y Socorro Hernández, fueron, la primera, Diputada del PSUV y, la segunda, Ministra de Hugo Chávez. Durante el mismo proceso de postulación al CNE en el 2009 alegaron independencia política –requisito constitucional para ser Rectoras– ya que notificaron haber renunciado a su militancia partidista en el PSUV, vía cartas notariadas. Así justificaron cumplir con el Art.296 en donde dice claramente que “El Consejo Nacional Electoraldebe estar integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos”
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Entonces:
¿ con este panorama que la MUD ha aceptado en su mayor parte durante 16 años , vamos a ir a unas elecciones?
¿ Vamos a seguir dándole oxigeno por unos años mas a un sistema ideológico fracasado y retrógrado auspiciado por un régimen fanático criminal perverso´?
En el cuento de nunca acabar.




3 comentarios:

  1. DEBEMOS ACTUAR EN #TRANSICIONDEMOCRATICAYA Y DEBEMOS GARANTIZAR TOTAL TRANSPARENCIA EN NUEVO PROCESO DE ELECCIONES GENERALES.

    NUEVO CNE Y NUEVO TSJ SON CUESTIONES PREVIAS. LA ASAMBLEA NACIONAL DEBE COMPLETAR PROCESOS DE SELECCIÓN PREVIOS.

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  2. MADURO NO ES PRESIDENTE POR SER ILEGÍTIMO.

    EXORDIO PARA LA CONSTITUYENTE.

    CONSIDERANDO QUE LA CONSTITUCIÓN VIGENTE
    DESDE 1.999 HA SIDO VIOLADA CON MÁS DE
    10.000 ACTOS SUBVERSIVOS INCONSTITUCIONALES.
    LO PROCEDENTE CON LA NUEVA CONSTITUYENTE
    ES REPONER UN NUEVO ESTADO DE DERECHO QUE
    GARANTICE EL EJERCICIO PLENO DE UNA REPÚBLICA
    DEMOCRÁTICA QUE SUSTITUYA LA ACTUAL DICTADURA
    TOTALITARIA DE UNA ESTRUCTURA CRIMINAL DESDE UN NARCOESTADO QUE HA DEVENIDO EN UN PAÍS FORAJIDO
    Y UN PAÍS FALLIDO, SUMIDO EN UNA CRISIS DEVASTADORA
    DE RECESIÓN DEL 30% DE PÉRDIDA ACUMULADA DEL PIB
    CON LA PERVERSIÓN DE UNA HIPERINFLACIÓN MUNDIAL
    QUE CADA AÑO BATE RÉCORD.
    <<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<
    CONSTITUYENTE SERÍA PARA:
    <<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<
    i°. NUEVAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y PARA DISEÑAR
    UNA NUEVA CONSTITUCIÓN QUE PERMITA REFUNDAR A
    PETRÓLEOS DE VENEZUELA;
    ii°. Y RECONSTRUIR A NUESTRA VENEZUELA CON UN NUEVO
    MODELO DE DESARROLLO ECONÓMICO QUE SUPERE LA
    ESTRUCTURA SUBCAPITALISTA DE CRECIMIENTO SIN
    DESARROLLO QUE SE HA CONSTRUIDO EN 100 AÑOS
    CON LA UTILIZACIÓN DE LA VENTAJA COMPARATIVA
    DE LA RENTA PETROLERA.


    SUMARIO DE CAUSALES DE ILEGITIMIDAD

    DE HECHO NICOLÁS ALEJANDRO MADURO MOROS
    YA NO ES PRESIDENTE DE VENEZUELA PORQUE
    *************************************************
    1°. PRIMERA ILEGITIMIDAD DE ORIGEN.
    **********************************
    SUMA A LA ILEGITIMIDAD DE ORIGEN COLOMBIANO,
    APORTADA POR SU MADRE , SEGÚN CONSTITUCIÓN
    DE COLOMBIA;

    CONCORDANCIA: ARTÍCULO 227 CONSTITUCIONAL.

    2°. SEGUNDA ILEGITIMIDAD DE ORIGEN AL POSTULAR.
    **********************************************
    TAMBIÉN ES ILEGITIMIDAD DE ORIGEN HABERSE
    POSTULADO AL CARGO DE PRESIDENTE SIENDO
    EL VICEPRESIDENTE EJECUTIVO EN EJERCICIO.

    CONCORDANCIA: ARTÍCULO 229 CONSTITUCIONAL.

    3°. TERCERA ILEGITIMIDAD POR "ABANDONO DEL CARGO.
    ************************************************
    LA ILEGITIMIDAD DE "ABANDONO DEL CARGO", YA CALIFICADA
    ASÍ POR LA MUY HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, AUNADO
    A LA "FALTA DE CUALIDAD LEGAL" POR DELEGAR TODAS LAS
    COMPETENCIAS DEL CARGO:


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  3. MADURO NO ES PRESIDENTE POR SER ILEGÍTIMO. PARTE II-

    CAUSALES DE FALTA DE CUALIDAD LEGAL:
    <<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<
    EL "ABANDONO DEL CARGO" SE SUSTENTA EN CINCO(5)
    CAUSALES DE FALTA DE CUALIDAD LEGAL PARA EJERCER
    EL CARGO DE PRESIDENTE, SEGÚN LO RIGEN LAS
    PAUTAS CONSTITUCIONALES.
    I°. DELEGÓ 50% DE COMPETENCIAS EN LA FUERZA ARMADA,
    A TRAVÉS DE LA INCONSTITUCIONAL "JUNTA CÍVICO MILITAR".
    II°. DELEGÓ 50% DE COMPETENCIAS ADICIONALES EN EL VICEPRESIDENTE EJECUTIVO TARECK EL AISSAMI,
    REPRESENTANTE Y TALIBÁN DEL TERRORISMO ÁRABE.
    III°. FALTA DE LIDERAZGO POR EL EMBRUTECIMIENTO
    DE LA IDEOLOGÍA NAZI COMUNISTA Y SU AGRAVADA
    INCOMPETENCIA INTEGRAL, TANTO INTELECTUAL,
    COMO MENTAL ( DESQUICIAMIENTO PREMATURO ).
    <<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<
    CONCORDANCIA: ARTÍCULO 233 CONSTITUCIONAL.
    <<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<
    IV°. VACÍO DE PODER AL NO PODER ESTABLECERSE
    CUALES COMPETENCIAS PERTENECEN AL SUPUESTO
    PRESIDENTE O A TODOS LOS FUNCIONARIOS QUE LAS
    ASUMEN SIN CORRESPONDERLES POR EL MANDATO
    CONSTITUCIONAL.

    NECROFILIA IDEOLÓGICA DESDE EL DISEÑO EPISTEMOLÓGICO:

    V°. COMUNISMO NO TIENE MODELO ECONÓMICO; DE AHÍ
    INCAPACIDAD DE REVISAR, RECTIFICAR O MODIFICAR
    LAS POLÍTICAS DE ESTADO EN EL ÁREA ECONÓMICA,
    POR CARECER DE LAS MEDIDAS MACROECONÓMICAS
    REQUERIDAS, AL QUERER APLICAR EN ECONOMÍA UN
    CATECISMO COMUNISTA DE PROFECÍAS UTÓPICAS:

    IDEOLOGÍA COMUNISTA DE IDEAS MUERTAS.

    CATECISMO DE PROFECÍAS UTÓPICAS:

    1°. SIN CLASES SOCIALES,
    2°. SIN EL MERCADO DE OFERTA Y DEMANDA,
    3°. DICTADURA DEL PROLETARIADO Y
    4°. DESAPARICIÓN DE LA PROPIEDAD PRIVADA Y DEL ESTADO.

    NICOLÁS MADURO NO ES PRESIDENTE
    DE VENEZUELA. ES UN FRAUDE.



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