VIOLAN PRINCIPIO RECTOR DE LEGALIDAD PARA INTERPRETAR Y
DECIDIR EL ALCANCE DE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES.
Sentencia 159: El jaque-mate a la Asamblea venezolana
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Foto AVN
Una sentencia emitida la noche de este miércoles 29 de marzo de 2017 dio la estocada final al Parlamento venezolano. El Tribunal Supremo de Justicia interpretó un artículo de la Ley de Hidrocarburos para ordenar al Ejecutivo constituir empresas mixtas sin permiso de la Asamblea, como ordena expresamente la Constitución.
Agregó que serán los magistrados de la Sala Constitucional los que asuman el rol legislativo, es decir; jueces aprobando leyes de la República, es decir; que los diputados electos por 14 millones de votos hace poco más de un año quedarían cesantes, es decir; que uno de los cinco poderes del Estado borró de un plumazo a otro, es decir; un golpe de Estado, la consumación de una dictadura.
Pero asimilar que se estaba frente a un golpe no fue inmediato porque ya el Tribunal había venido socavando las facultades de la Asamblea con medio centenar de sentencias (56) a lo largo de 14 meses.
La primera señal de que el TSJ sería el instrumento para aniquilar a una Asamblea opositora, fue su composición días antes de que asumieran los nuevos diputados.
Tras conocer la derrota electoral del 6 de diciembre de 2015, el presidente Nicolás Maduro ordenó a la saliente Asamblea designar a 13 magistrados principales y 21 suplentes. Sabía que no volvería a gobernar a sus anchas.
Agregó que serán los magistrados de la Sala Constitucional los que asuman el rol legislativo, es decir; jueces aprobando leyes de la República, es decir; que los diputados electos por 14 millones de votos hace poco más de un año quedarían cesantes, es decir; que uno de los cinco poderes del Estado borró de un plumazo a otro, es decir; un golpe de Estado, la consumación de una dictadura.
Pero asimilar que se estaba frente a un golpe no fue inmediato porque ya el Tribunal había venido socavando las facultades de la Asamblea con medio centenar de sentencias (56) a lo largo de 14 meses.
La primera señal de que el TSJ sería el instrumento para aniquilar a una Asamblea opositora, fue su composición días antes de que asumieran los nuevos diputados.
Tras conocer la derrota electoral del 6 de diciembre de 2015, el presidente Nicolás Maduro ordenó a la saliente Asamblea designar a 13 magistrados principales y 21 suplentes. Sabía que no volvería a gobernar a sus anchas.
Se convocó a sesión extraordinaria y la bancada opositora denunció que el procedimiento violaba el 264 de la Constitución, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, el Reglamento del Comité de Postulaciones Judiciales y el Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional.
Fue en la cuarta sesión cuando los diputados del partido de Gobierno, PSUV, designaron a los nuevos jueces de la República.
Ellos eran:
Calixto Ortega
Lourdes Benicia Suárez Anderson
Christian Zerpa
Luis Fernando Damiani Bustillos
Yanina Karabin de Díaz
Juan Luis Ibarra Verenzuela
Eulalia Coromoto Guerrero Rivero
Marco Antonio Medina Salas
Vilma María Fernández González
Francisco Velásquez Estevez
Iván Bastardo
Jesús Jiménez Alfonzo
Fanny Luz Márquez
Calixto Ortega
Lourdes Benicia Suárez Anderson
Christian Zerpa
Luis Fernando Damiani Bustillos
Yanina Karabin de Díaz
Juan Luis Ibarra Verenzuela
Eulalia Coromoto Guerrero Rivero
Marco Antonio Medina Salas
Vilma María Fernández González
Francisco Velásquez Estevez
Iván Bastardo
Jesús Jiménez Alfonzo
Fanny Luz Márquez
De ese grupo, al menos diez no cumplían con las credenciales mínimas para asumir el rol de magistrados, según la ONG Acceso a la Justicia, que entre las falencias señalaban: tener 15 años en el ejercicio del derecho y un título de posgrado y no ser activistas políticos.
El 23 de diciembre de 2015 los magistrados del PSUV fueron seleccionados por mayoría simple (99 diputados). El presidente de la Asamblea, Diosdado Cabello, declaró cerrado el periodo parlamentario y decretó la Navidad.
Pero el nuevo Tribunal no descansaría: A horas de celebrar el fin de año, la Sala Electoral del TSJ admitió un recurso del PSUV contra las elecciones parlamentarias en Amazonas por sospecha de “fraude”.
La sentencia N° 260 “estableció la suspensión temporal de la juramentación” de Julio Ygarza (MUD), Nirma Guarulla (MUD), Romel Guzamana (representación indígena, pero dentro de la bancada de la MUD) Y Miguel Tadeo (PSUV). Justo los tres diputados que necesitaba la oposición para la mayoría calificada de 112 diputados.
El 05 de enero se juramentó la nueva Asamblea venezolana con 163 diputados; 109 de oposición y el resto del PSUV.
El 05 de enero se juramentó la nueva Asamblea venezolana con 163 diputados; 109 de oposición y el resto del PSUV.
Un día más tarde, la Asamblea reaccionó y en sesión ordinaria acordó juramentar a los cuatro diputados de Amazonas amparándose en el artículo 185 de la Constitución, que le permite “calificar a sus integrantes” puesto que ellos recibieron el acta de proclamación del Consejo Nacional Electoral y no fueron notificados de la sentencia de la Sala Electoral.
A la sesión acudieron tres: Nirma Guarulla, Julio Ygarza y Romel Guzamana. El candidato del PSUV no acudió a la cita.
El diputado Diosdado Cabello denunció que la Asamblea había desacatado la sentencia del TSJ e introdujo una denuncia contra la directiva parlamentaria “para que quede claro que todos los actos que está realizando carecen de validez”.
A la sesión acudieron tres: Nirma Guarulla, Julio Ygarza y Romel Guzamana. El candidato del PSUV no acudió a la cita.
El diputado Diosdado Cabello denunció que la Asamblea había desacatado la sentencia del TSJ e introdujo una denuncia contra la directiva parlamentaria “para que quede claro que todos los actos que está realizando carecen de validez”.
El 11 de enero de 2016 el Tribunal Supremo de Justicia declaró que la Asamblea Nacional venezolana desacataba la sentencia N° 260 del 30 de diciembre y ordenó a la directiva anular la juramentación de los diputados y proceder a su desincorporación.
La Asamblea continuó adelante. Cada poder argumentaba sus decisiones pero ante cada ley aprobada por la mayoría de los diputados opositores, el Tribunal Supremo publicaba un fallo que anulaba el escrito con el ardid del “desacato”.
La Asamblea continuó adelante. Cada poder argumentaba sus decisiones pero ante cada ley aprobada por la mayoría de los diputados opositores, el Tribunal Supremo publicaba un fallo que anulaba el escrito con el ardid del “desacato”.
Para destrancar el juego, el 8 de diciembre de 2016, los diputados de Amazonas solicitaron su desincorporación ante la Asamblea Nacional, bajo protesta.
Esto no sería suficiente para el PSUV, que reclamó la forma en que los diputados habían sido desincorporados. Pedían que el acto fuera en sesión plenaria y no a través de Secretaría. Para ellos, la Asamblea continuaba en desacato y todos sus actos “nulos de toda nulidad”.
En un año, cuanta ley era sancionada por la mayoría parlamentaria, el TSJ recordaba el desacato, anulabas las normas, restaba facultades a la Asamblea y ampliaba poderes al presidente Maduro.
Sólo faltaba una sola cosa para terminar con el Parlamento…
El 27 de febrero del 2017, el juez Maikel José Moreno Pérez fue designado presidente del Tribunal Supremo de Justicia.
El jerarca de la justicia venezolana era un expolicía que trabajó como agente en los años ochenta de la entonces policía secreta Disip.
Esto no sería suficiente para el PSUV, que reclamó la forma en que los diputados habían sido desincorporados. Pedían que el acto fuera en sesión plenaria y no a través de Secretaría. Para ellos, la Asamblea continuaba en desacato y todos sus actos “nulos de toda nulidad”.
En un año, cuanta ley era sancionada por la mayoría parlamentaria, el TSJ recordaba el desacato, anulabas las normas, restaba facultades a la Asamblea y ampliaba poderes al presidente Maduro.
Sólo faltaba una sola cosa para terminar con el Parlamento…
El 27 de febrero del 2017, el juez Maikel José Moreno Pérez fue designado presidente del Tribunal Supremo de Justicia.
El jerarca de la justicia venezolana era un expolicía que trabajó como agente en los años ochenta de la entonces policía secreta Disip.
Fue arrestado en 1987 por la policía científica PTJ, por el homicidio de un joven en Ciudad Bolívar.
Moreno y otros dos funcionarios purgaron prisión pero lograron salir en libertad, para entonces se desempeñaba como escolta del expresidente Carlos Andrés Pérez cuando volvió a ser acusado de asesinato por un tiroteo ocurrido en el centro de Caracas.
El magistrado regresó a prisión en 1989 pero logró conseguir un beneficio procesal que lo dejó en libertad. Semanas después de su liberación obtuvo un cargo como secretario de un juzgado en Caracas, estudió derecho y obtuvo el título de abogado.
En el 2002 Moreno vuelve a la palestra pública por ser el abogado de los llamados "pistoleros de Puente Llaguno", que abrieron fuego contra una manifestación opositora que intentó llegar hasta Miraflores durante los eventos de abril de ese año.
En 2014 magistrado del Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela. Tres años más tarde, sería el hombre que ejecutaba el más obvio autogolpe de Nicolás Maduro.
Maryorin Méndez - NTN24 Venezuela
Moreno y otros dos funcionarios purgaron prisión pero lograron salir en libertad, para entonces se desempeñaba como escolta del expresidente Carlos Andrés Pérez cuando volvió a ser acusado de asesinato por un tiroteo ocurrido en el centro de Caracas.
El magistrado regresó a prisión en 1989 pero logró conseguir un beneficio procesal que lo dejó en libertad. Semanas después de su liberación obtuvo un cargo como secretario de un juzgado en Caracas, estudió derecho y obtuvo el título de abogado.
En el 2002 Moreno vuelve a la palestra pública por ser el abogado de los llamados "pistoleros de Puente Llaguno", que abrieron fuego contra una manifestación opositora que intentó llegar hasta Miraflores durante los eventos de abril de ese año.
En 2014 magistrado del Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela. Tres años más tarde, sería el hombre que ejecutaba el más obvio autogolpe de Nicolás Maduro.
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DERECHO A ELEGIR Y DEBER DE NO ACATAR ORDENES SUPERIORES ILEGALES
DE LOS PODERES PÚBLICOS SON PRINCIPIOS RECTORES CONSTITUCIONALES.
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LOS ARTÍCULOS 5 Y 25 QUE DETERMINAN EL DERECHO DEL PUEBLO EMPODERADO A ELEGIR SUS MAGISTRADOS COMO PODERDANTE; Y LAS ORDENES ILEGALES DE LOS PODERES PÚBLICOS QUE DEBEN SER DESACATADAS PARA NO SER CÓMPLICES NI INCURRIR EN LAS CORRESPONDIENTES RESPONSABILIDADES: SON TRANSPARENTES Y SE APLICAN DIRECTAMENTE.
PENSAMIENTO BOLIVARIANO ES UNA LUZ PARA EXTERMINAR LAS TINIEBLAS
DE LAS DICTADURAS TOTALITARIAS NAZI, CASTRO COMUNISTAS, NARCOESTADOS Y ALIADAS AL TERRORISMO ISLÁMICO INTERNACIONAL.
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