lunes, 1 de mayo de 2017

PODER CONSTITUYENTE COMUNAL ES UN GOLPE DE ESTADO POR ACTO SUBVERSIVO.

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES 
Y DERECHOS HUMANOS NO PUEDEN 
SER VIOLADOS POR EL PODER EJECUTIVO.




CUANDO LA DICTADURA PRETENDE HACERSE LEY
NACE EL DERECHO A LA REBELIÓN POPULAR.



Constitución también establece: 

Artículo 350.
El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.


HE AQUÍ PORQUE EL MEGALÓMANO NO PUEDE
GOBERNAR CON "ACTOS ABSOLUTOS" COMO SI
FUERA REY.
ASAMBLEA NACIONAL DEBE INCORPORAR LOS CUATRO(4)
DIPUTADOS LEGÍTIMAMENTE ELECTOS Y PROCLAMADOS
POR EL CONSEJO SUPREMO ELECTORAL Y DIRIGIR, DE
SER NECESARIO, LA ELECCIÓN SECRETA, DIRECTA, CONFIDENCIAL Y UNIVERSAL DE LOS DIPUTADOS
DE LA PROBABLE CONSTITUYENTE, LA CUAL, DEBERÍA SER APROBADA EN REFERENDO POR EL PUEBLO EMPODERADO DE LA SOBERANÍA NACIONAL, SIN INTERMEDIARIOS, CON TODOS LOS PODERES PÚBLICOS SUPEDITADOS.
LA SOBERANÍA NACIONAL SÓLO LA EJERCE EL PUEBLO, SIN CONDICIONAMIENTOS DE NINGÚN PODER.
APLICA TOTALMENTE EL ARTÍCULO 5 Y SE RIGE POR
LA NORMA RECTORA DE INTERPRETACIÓN DE LA
CONSTITUCIÓN NACIONAL:

"PRINCIPIO DE LEGALIDAD"

CONCORDANCIA: ARTÍCULO 25

Carlos Antonio Ruiz Villanueva en Sociedad civil organizada para la producción
53 min
MADURO DECRETA IMPERIO COMUNAL
Y SE PROCLAMA DIOS PERPETUO.
Pdte. Maduro convocó la
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Asamblea Nacional Constituyente.
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En la concentración chavista, Maduro anunció que serían unos 500 constituyentistas electos por "votación directa y secreta"
Publicado en: Política
01/05/2017 04:42 PM
Por: Kelvin Bolívar
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Este lunes el presidente Nicolás Maduro durante la concentración oficialista realizada en el marco del día del trabajador desde la avenida Bolívar de la ciudad de Caracas, anunció la convocatoria para realizar una Asamblea Nacional Constituyente, que llamó el
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Poder Constituyente Originario que su juicio,
permitiría reformar el Estado "sobre todo
esa Asamblea Nacional podrida que está ahí",
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dijo.
Asi es la Constituyente que plantea el Presidente
Maduro dijo durante su discurso algunas de las características que tendría esa Constituyente:
Sería electa por "votación directa y secreta".
El decreto sería enviado al Poder Electoral.
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COMPOSICIÓN DE LA CONSTITUYENTE:
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Serán unos 500 miembros (diputados)
quienes integrarían esa organismo legislativo.
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ELECTOS ASÍ:
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1°. La mitad de ellos (Unos 250) saldrían de diversos sectores del pais. Mencionó las "bases laborales" pensionados, Indígenas, estudiantes. Precisó que serían "unos 7 u 8 frentes".
2°. Los otros 250 miembros de esa Constituyente, serían electos bajo el criterio "territorial", relacionado con el aspecto municipal. No abundó en detalles sobre esta segunda forma de selección.
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Por otra parte, Maduro anunció haber creado una comisión presidencial para explicar claramente las bases de esta Constituyente. Está encabezada por Elías Jaua, con paticipación de Aristóbulo Istúriz, Hernánn Escarrá, Isaías Rodríguez, Francisco Ameliach, Delcy Rodríguez y Earle Herrera.
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"Convocó una Constituyente ciudadana. No una Constituyente de partidos políticos. Una obrera, campesina, del pueblo",
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aseveró el mandatario.
El presidente amparado en el artículo 347 de la constitución de la República Bolivariana, realizó la convocatoria de la constituyente que permitiría transformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurídico como la redacción de una nueva constitución.
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"Activo el Poder Constituyente
para que el Pueblo tome todo
el Poder de la Patria",
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indicó Maduro.
El jefe de Estado informó que el decreto para la convocatoria del nuevo proceso político será firmado este lunes en horas de la noche durante el Consejo de Ministros.
Además convocó a todos los Estados Mayores que conforma el país, salir a las calles para explicar lo que implica la Asamblea Nacional Constituyente.
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Los tres artículos que invoca Maduro
para llamar a una asamblea constituyente
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1 MAYO, 2017 Autor: LUZ MELY REYES | @LUZMELYREYES
Estos son los artículos sobre los cuales se basa el presidente Nicolás Maduro para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.
Capítulo III
De la Asamblea Nacional Constituyente
Artículo 347. El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.
Artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrá hacerla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildos, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; y el quince por ciento de los electores inscritos y electoras en el registro electoral.
Artículo 349. El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución.
Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Constituyente.
Sin embargo, la actual Constitución también establece
Artículo 350. El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.
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Comentarios
Carlos Antonio Ruiz Villanueva EL PODER ES DEL PUEBLO EN UNA DEMOCRACIA.
Carlos Antonio Ruiz Villanueva EL PUEBLO EMPODERADO DE LA SOBERANÍA NACIONAL, SIN INTERMEDIARIOS, ELIGE SUS MANDATARIOS COMO ÚNICO PODERDANTE: EN ELECCIONES SECRETAS, DIRECTAS, CONFIDENCIALES Y UNIVERSALES. NINGÚN DICTADOR PUEDE CONDICIONAR NI EL NÚMERO DE CONSTITUYENTES NI LA FORMA DE ELEGIRLOS.
Carlos Antonio Ruiz Villanueva PRINCIPIO DE LEGALIDAD RIGE COMO NORMA SUPREMA PARA INTERPRETAR LA CONSTITUCIÓN. EN NINGÚN CASO EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA PUEDE HACER "ABUSO DE DERECHO" CON PREVARICATOS CON DOLO JUDICIAL CON PREMEDITACIÓN Y ALEVOSÍA. TALES FALLOS SERÍAN NULOS POR SER SENTENCIAS ARBITRARIAS Y GROTESCAS, NO VINCULADAS CON EL ESTADO DE DERECHO VIGENTE.
Carlos Antonio Ruiz Villanueva EN TODO CASO: LA CONSTITUCIÓN NO PIERDE SU VIGENCIA SI DEJARE DE OBSERVARSE POR ACTO DE FUERZA O PORQUE FUERE DEROGADA, COMO PRETENDE EL DICTADOR COMUNISTA, POR CUALQUIER OTRO MEDIO DISTINTO AL PREVISTO EN ELLA. TODOS LOS CIUDADANOS ADQUIEREN EL DERECHO DE COLABORAR EN EL RESTABLECIMIENTO DE SU EFECTIVA VIGENCIA.
Carlos Antonio Ruiz Villanueva EL RÉGIMEN PRETENDE VIOLAR LOS PRINCIPIOS Y GARANTÍAS DEMOCRÁTICOS Y MENOSCABAR LOS DERECHOS HUMANOS CONSAGRADOS CON RANGO CONSTITUCIONAL. EN ESTA EVENTUALIDAD NACE EL DERECHO A LA LEGÍTIMA DESOBEDIENCIA CIVIL Y EL DEBER DE RESTABLECER EL ESTADO DE DERECHO VULNERADO.
Carlos Antonio Ruiz Villanueva SIGUIENDO EL PENSAMIENTO BOLIVARIANO: SE DEBE DESACATAR TODAS LAS "ORDENES SUPERIORES" DE AUTORIDADES DEL PODER PÚBLICO QUE DECRETEN ACTOS ILEGALES, NULOS, DE NULIDAD ABSOLUTA, COMO SI NUNCA HUBIERAN EXISTIDO.
Carlos Antonio Ruiz Villanueva EL DERECHO A LA REBELIÓN PROTEGE AL CIUDADANO DE SER CÓMPLICE Y DE INCURRIR EN LAS RESPONSABILIDADES CIVILES, PENALES Y DE CUALQUIER TIPO, SEGÚN FUERE LA FALTA.
Carlos Antonio Ruiz Villanueva LA DOMINACIÓN POR LA IGNORANCIA ES INADMISIBLE.
Carlos Antonio Ruiz Villanueva LA TIRANÍA POR EL EJERCICIO DE VITALICIO O IMPUESTO POR LA FUERZA NO ES UN VALOR DEMOCRÁTICO NI REPUBLICANO. POR TANTO ES INADMISIBLE.
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1 comentario:

  1. DECRETO DE CONSTITUYENTE COMUNAL ES UN ACTO INCONSTITUCIONAL
    QUE MEDIANTE ACTO SUBVERSIVO CONTRA EL ESTADO DE DERECHO VIGENTE PRETENDE ESTABLECER UN IMPERIO COMUNISTA CON UN DICTADOR GOBERNANDO CON ACTOS ABSOLUTOS SIN EL CONTROL DE LOS DEMÁS PODERES DE BALANCE COMO EL PODER LEGISLATIVO Y EL PODER JUDICIAL AUTÓNOMO E INDEPENDIENTE, NO POLÍTICO PARTIDISTA.

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