miércoles, 6 de julio de 2016

SOCIALISMO DEL SIGLO XXI ES COMUNISMO

MODELO CASTRO COMUNISTA Y APLICACIÓN DEL PSUV.
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Entre los principios fundamentales de la constitución Cubana podemos extraer:
Principios Políticos:
- Se consagra el poder carismático del líder, en este caso de Fidel Castro.
- Se ratifican los principios de la revolución.
- El establecimiento de una sociedad socialista.
- Aceptación e implantación de marxismo-leninismo.
- Rectoría del Partido Comunista en la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista.
- Atribución del poder del Estado a los trabajadores.
- Fidelidad a la Unión Soviética e integración al mundo socialista.
- Condena al imperialismo y solidaridad antiimperialista.
- Condena a la guerra de agresión y reconocimiento de las guerras de liberación nacional y la resistencia armada
- Propósitos de paz y de integración regional.
Principios Sociales:
- Se le rinde culto a José Martí.
- La libertad individual. ***
- Inviolabilidad de la integridad personal ***
- Libertad de expresión y religiosa. ***
- Derecho de reunión, asociación y manifestación. ***
- Reconocimiento del derecho de asilo bajo ciertas condiciones.
- Defensa del medio ambiente.
- Protección de las instituciones familiares, la niñez, la juventud, la vejez, el desamparo y la salud.
- Consagración de la igualdad jurídica de los hijos y garantía de reconocimiento de la paternidad.
- Derecho a la educación integral.
- Eliminación de la educación privada.
- Adoctrinamiento comunista en las nuevas generaciones.
- Gratuidad de la enseñanza.
- Sometimiento a la creación artística a criterios revolucionarios.
- Igualdad jurídica y social de los ciudadanos.
- Igualdad jurídica del trabajo.
- Igualdad jurídica, económica, política, social y familiar de la mujer.
- Enaltecimiento del trabajo.
- Consagración del trabajo voluntario como formador de la conciencia comunista.
- Condicionamiento general del ejercicio de las libertades reconocidas a la existencia y fines del Estado -
- Socialista y a la construcción del socialismo y del comunismo.
- Derecho de petición
- Defensa de la patria socialista como deber y honor.
- Fomento y promoción de la cultura física y el deporte. (Si no a Cortar Caña)
- Promoción de la participación ciudadana en el campo educativo y cultural.
Principios Económicos:
- Concepción Socialista de la economía basada en la propiedad socialista de todo pueblo sobre los medios de producción fundamentales.
- Supresión de la explotación del hombre por el hombre.
- Ejercicio de la soberanía sobre los recursos naturales del espacio marítimo
- Reconocimiento de ciertas formas de propiedad privada.
Prohibición del arrendamiento y otras formas de explotación de la propiedad de agricultores pequeños sobre fincas rústicas.
- Reconocimiento de la propiedad colectiva campesina.
- Reconocimiento del derecho a la herencia.
- Confiscación de bienes exclusivamente como sanción.
- Desde 1991 Cuba a permitido la apertura al capital extranjero bajo la condición de empresas mixtas.
La concepción del Estado socialista en la constitución cubana, es el de un instrumento de que se vale el pueblo trabajador para ejercer el poder, este poder a su vez, se sustenta en la alianza de la clase obrera con los campesinos y las demás capas trabajadoras de la ciudad y el campo, bajo la dirección de la clase obrera. El partido comunista es la fuerza dirigente superior del Estado, ya que se le entiende como la "vanguardia organizada marxista-leninista de la clase obrera, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia el futuro comunista".
Cinco motores constituyentes para construir el socialismo, propuso Chávez al tomar posesión
Primer Motor: Ley Habilitante. Vía directa al socialismo
Segundo Motor: Reforma Constitucional. Estado de derecho socialista
Tercer Motor: Moral y Luces. Educación con valores socialistas
Cuarto Motor: La Nueva Geometría del poder. El reordenamiento socialista
de la geopolítica de la Nación
Quinto Motor: Explosión del Poder Comunal. Democracia protagónica,
revolucionaria y socialista
Con la intención de continuar el camino acertado del Poder Constituyente que despertó en 1999, el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, propuso lo que denominó como los "cinco motores constituyentes" para avanzar hacia el socialismo del siglo XXI.
Durante su discurso, luego de ser investido para su segundo período presidencial, Chávez explicó que el primer eje contempla la propuesta de la "Ley Habilitante", que permitirá al Ejecutivo legislar sobre las materias necesarias para adelantar los cambios hacia el socialismo. El presidente Chávez solicitó facultades para legislar en 10 áreas de carácter estratégico, entre las cuales destacan la economía, finanzas, actividad social, cultura, seguridad y defensa.
Según expertos, la Ley Habilitante tendrá una vigencia de 18 meses a partir de su publicación en la Gaceta Oficial y concede al estadista las facultades para aprobar decretos y normativas con rango y fuerza de ley.
El vicepresidente del país, Jorge Rodríguez, adelantó que en un plazo de tres meses estarán redactados y modificados todos los instrumentos legales del citado mecanismo. Rodríguez estimó que en el marco de la Habilitante se elaborarán entre 40 y 60 leyes, con vistas a impulsar la construcción del nuevo proyecto nacional de carácter socialista.
En el ámbito financiero, el propósito esta en profundizar y adecuar el sistema financiero público y privado a los principios constitucionales, apoyado en la modernización del marco regulatorio para los sectores monetario, banca, seguros, tributario e impositivo. Asimismo, en materia de economía se dictarán regulaciones que preserven la función social de la propiedad -en sus diversas formas y clases-, así como el fomento de la producción y desarrollo de la pequeña y mediana industria en el país.
Como segundo eje propuso la profunda "reforma de la Constitución Bolivariana" de Venezuela, la cual permitirá, entre otros aspectos, la modificación de artículos que en lo económico o en lo político pudieran dar lugar a equívocos debido a su redacción. A juicio de Chávez, la ley de leyes revolucionarias dependerá, de alguna manera y en algún grado, de esa reforma constitucional.
El tercer motor de la revolución es la jornada nacional denominada "Moral y Luces", que comprende una campaña de educación moral, económica, política y social que va más allá de las escuelas, pues estará presente en los talleres, en los campos, en los núcleos endógenos y demás entes populares.
Chávez denominó el cuarto motor como "la geometría del poder", integrado por la nueva manera de distribuir los poderes político, económico, social y militar sobre el espacio nacional, ya que propuso revisar la distribución político- territorial del país y generar la construcción de sistemas de ciudades y de territorios federales.
Esta propuesta representa una innovación en la búsqueda de una forma que se adapte mucho más a nuestra realidad y a nuestras aspiraciones', aseguró el Presidente, quien pidió a los gobernadores y alcaldes analizar estos sistemas de ciudades y territorios federales que propiciarían el desarrollo integral de las comunidades.
"La explosión revolucionaria del poder comunal" es el quinto motor constituyente, el cual, según el Mandatario Nacional, tiene mayor fuerza y dependerá del éxito de los anteriores ejes revolucionarios de esta nueva era de la administración pública.
Chávez instó a la Asamblea Nacional, a la Defensoría del Pueblo y a los demás poderes a hacer un esfuerzo sostenido y unitario para consolidar estos cinco motores.
"Entramos de lleno al tiempo de construcción del proyecto nacional Simón Bolívar, que requería un fundamento sólido, lo que hemos hecho hasta ahora es echar un piso sobre el cual construiremos el edificio, es el proyecto socialista bolivariano", acotó.


















































1 comentario:

  1. SOCIALISMO DEL SIGLO XXI ES UNA IDEOLOGÍA DE IDEAS MUERTAS CON FUNDAMENTO A LOS PRINCIPIOS NAZI CASTRO COMUNISTAS.AQUÍ PRESENTAMOS EL MODELO DE SOCIEDAD QUE SE COPIA Y LA FORMA DE VIOLAR LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA PARA IMPONERLO.

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