MÍNIMO A INCLUIR :
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1°. CUMPLIDO EL LAPSO PARA IMPULSAR LA "EJECUCIÓN FORZOSA"
SE SOLICITA ESTA MEDIDA.
P.D. HACER VALER QUE CON LA UNIDAD TRIBUTARIA A 150 BOLÍVARES:
EL MONTO DE LA DEMANDA DE 12.822,21 ES APENAS DE 85,5 UNIDADES TRIBUTARIAS.
2°. SOLICITAMOS LA CORRECCIÓN MONETARIA DEL ARTÍCULO 185 DE LA LEY
ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO.
EL PERIODO DE LA CORRECCIÓN MONETARIA SERÁ EL TRANSCURRIDO
DESDE EL MOMENTO QUE SE CONCRETE EL PAGO HASTA LA FECHA DEL ACTO QUE DECRETE LA EJECUCIÓN FORZOSA.
3°. LA DIRECCIÓN DEL PATRONO ES :
EULOGIO DELPINO.
PRESIDENTE DE PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A.
AVENIDA LIBERTADOR CON CALLE "EL EMPALME".
URBANIZACIÓN "LA CAMPIÑA".
EDIFICIO PETRÓLEOS DE VENEZUELA, TORRE ESTE.
APARTADO 1050. CARACAS
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MARTÍN : FAVOR PREGUNTA EL TIEMPO PARA RESPONDER,
A FIN DE ENTREGAR LOS RECAUDOS SOLICITADOS.
P.D. EL PAGO LO DECIDE PETRÓLEOS DE VENEZUELA Y ES CUANDO
EL TRIBUNAL DECIDE, SI PROCEDE, EL LAPSO DEL PAGO. INSISTIMOS QUE LAS EMPRESAS CON FINES EMPRESARIALES NO TIENEN ESTE TRAMITE DE 2 AÑOS,
DADO QUE PETRÓLEOS DE VENEZUELA REVISA CON AUTONOMÍA SU PRESUPUESTO.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA NO LO APRUEBA Y EL EJECUTIVO
DA SU CONFORMIDAD SI SE MANTIENEN LOS VOLÚMENES DE
PRODUCCIÓN Y LOS INGRESOS APROBADOS.
EL ARTÍCULO 32 DE LA "LEY ORGÁNICA DE HIDROCARBUROS"
RATIFICA QUE EN MATERIA LABORAL RIGE Y ESTÁ GARANTIZADA
LA NORMA MÁS FAVORABLE ENTRE LA "CONVENCIÓN COLECTIVA
PETROLERA" Y LA LEGISLACIÓN LABORAL.
EL ERROR DE LA JUEZ ES HACER IDÉNTICAS LAS FIGURAS
JURÍDICAS DE LA REPÚBLICA Y DE UNA EMPRESA CON
FINES EMPRESARIALES QUE ES UN ENTE PÚBLICO
DESCENTRALIZADO.
LA "LEY ORGÁNICA ADMINISTRATIVA DEL SECTOR PÚBLICO"
ASÍ LO RATIFICA EN CAPÍTULOS DIRIGIDOS A CONSIDERAR LA
DIFERENCIA CON LOS ENTES PÚBLICOS CENTRALIZADOS SIN
FINES EMPRESARIALES, PARA LOS CUALES, SI APLICAN LOS
PRINCIPIOS DE "UNIDAD DE PRESUPUESTO" Y DE
"LEGALIDAD PRESUPUESTARIA"( ARTÍCULO 314
DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL).
SALUDOS MATRTÍN.
POR FAVOR QUE NO TE FALTE NINGUNO DE LOS PUNTOS DE LA
SENTENCIA DEL TSJ PARA LA MEDIDA DE EJECUCIÓN FORZOSA.
RECUERDA QUE EL PUNTO DE LOS PRESUPUESTOS LO DECIDE
EL JUEZ AL FINAL DE LA MEDIDA DE EJECUCIÓN, FORZOSA,
CON LA CORRECCIÓN FORZOSA DEL 185 DE LA LOPT.
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MARTIN ; FAVOR CONFIRMAR.
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