sábado, 7 de mayo de 2016

TRILOGÍA DE AMOR MATERNAL.

TRES MADRES Y UN SENTIMIENTO DE AGRADECIMIENTO.
******************************************************

















TRILOGÍA DEL AMOR MATERNAL.
<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<

CARMEN GUADALUPE
>>>>>>>>>>>>>>>>>>>


DIOS TE ELIGIÓ COMO MI MADRE 
Y EN TU VIENTRE ME FORMÉ:
SANGRE, NERVIOS, MÚSCULOS,
ÓRGANOS, MIEMBROS Y SENTIDOS;
TODO EL TEMPLO DEL ESPÍRITU SANTO,
ES A TI A QUIEN DEBO AGRADECER.

SIENDO TU PRIMER HIJO VARÓN, 
COMPLETÉ EL PAR CON MI HERMANA MAYOR, 
Y ESO HUBIERA SIDO SUFICIENTE.

PERO TU ESTABAS DISEÑADA POR DIOS 
PARA TRAER DOCE(12) HERMANOS MÁS.

TU VIDA Y LA MÍA TUVIERON UNA SEPARACIÓN 
MUY LARGA PARA MÍ QUE SIEMPRE TE AÑORÉ.
FUE COMPENSADA POR UN REENCUENTRO 
QUE DURÓ HASTA TU MUERTE.

ME ENSEÑASTE EL AMOR PURO DE MADRE 
Y APRENDÍ QUE EN LOS DESIGNIOS INESCRUTABLES DE DIOS 
DEBEMOS CONFIAR EN SU AMOR POR EL BIEN SUPERIOR 
DEL CONTINUO ASCENSO EN EL CAMINO DE PERFECCIÓN 
QUE SE TRADUCE  EN LOS INTENTOS DEL HOMBRE 
PARA VIVIR BAJO LA GRACIA DE DIOS.

TU ÚLTIMO PERÍODO DE VIDA 
LO DEDICASTE A ENSEÑAR LA PALABRA DE DIOS 
QUIEN TE DIO EL DON DE EDUCAR,
PRIMERO COMO MAESTRA Y MADRE 
Y DESPUÉS COMO MISIONERA.

DIOS TE DIO TIEMPO PARA PREPARARTE 
ANTES DE MORIR Y LLEGASTE AL FINAL 
ADORANDO AL ALTÍSIMO DICIENDO:

" SANTO, SANTO, SANTO,
ES EL SEÑOR DIOS DEL UNIVERSO,
LLENOS ESTÁN EL COSMOS Y LA TIERRA
DE TU GLORIA.

Y EN TUS MORADAS CANTANDO SALMOS Y ALABANZAS 
QUIERO PERMANECER POR LA ETERNIDAD."



AGRIPINA.
<<<<<<<<<

PARA HACER UN HOMENAJE A TU VIDA, 
ME ENCOMIENDO AMOROSAMENTE 
A MI AMADA Y MAGNA PRESENCIA YO SOY.

CUANDO ESTUVE DE NIÑO HUÉRFANO DE MADRE 
APARECISTE TU LLENA DE BONDAD Y AMOR.

SIN SABERLO ENTONCES,
EN AQUELLOS TIEMPOS DE CONVIVENCIA, 
TU FUISTE PARA MÍ 
LA PRESENCIA DE DIOS EN LA TIERRA.

Y DE TU MANO MI DESTINO ADQUIRIÓ FORTALEZA,
PRUDENCIA, TEMPLANZA Y JUSTICIA,
PARA SUPERAR TODAS LAS ADVERSIDADES.

CUANDO NECESITÉ VALOR PARA AVANZAR 
RECORDABA LA FUENTE DE AMOR 
QUE MANABA DE TUS OJOS ILUMINADOS:
Y CON ESA LUZ DISIPABA LAS TINIEBLAS.

CON TANTO AMOR Y DEDICACIÓN PIADOSA,
SOLO EL BIEN GERMINÓ EN MI VIDA, 
Y TU FUISTE ESA LLAMA PURIFICADORA, 
ARDIENTE Y GENEROSA QUE LO HIZO POSIBLE.

TU AMOR FUE MI REFUGIO Y MI FORTALEZA 
Y POR TI APRENDÍ QUE EL PADRE VERDADERO ERA DIOS.
Y ESA LECCIÓN MARCÓ MI VIDA HASTA HOY 
Y SEGUIRÁ SEMBRADA POR LA ETERNIDAD DE MI ESPÍRITU.

PARTISTE EN SILENCIO,
DESPUÉS DE DESPEDIRTE TAN CUIDADOSAMENTE 
QUE NO PUDE COMPRENDER TU PARTIDA.

AHORA VIVES EN MIS SUEÑOS Y EN MI MENTE PARA SIEMPRE 
PORQUE OLVIDARTE NUNCA SERÁ POSIBLE 
Y VIVIREMOS UNIDOS EN COMUNIÓN INDISOLUBLE.

AL IRTE SUPE QUE DIOS TENDRÍA OTRO ÁNGEL 
CANTANDO ALABANZAS SIN CESAR,
JUNTO A LOS ARCÁNGELES, QUERUBINES Y SERAFINES,
ADORANDO ETERNAMENTE Y DICIENDO:

" ALELUYA, ALELUYA, ALELUYA,
HOSANNA, HOSANNA, HOSANNA,
TODO TE CANTA, TODO TE ALABA,
TODO TIENDE A TU PRESENCIA AMADA,
Y NO CESA DE PROCLAMAR EN CORO:
SANTO, SANTO, SANTO. "

CELINA.
|||||||||||||||||||||

CUANDO NIÑO TUVE TUS CUIDADOS
Y ME SENTÍ AMADO SIN DISCRIMINACIÓN 
CON TUS HIJOS PROPIOS, Y ME SIENTO AGRADECIDO.

TU GRAN BELLEZA ERA ELOCUENTE Y UN POEMA 
Y TU RISA CAÍA COMO CASCADA.
TODO EN TI ERA MAGNIFICO.

Y CUANDO NOS SEPARARON, SIN CONSENTIMIENTO, 
YO SUPE QUE MIS LAGRIMAS ERAN COMPRENDIDAS 
POR TU MAGNIFICO E INCOMPARABLE AMOR DE MADRE.

EL TIEMPO HA TRANSCURRIDO 
Y NO HE OLVIDADO TUS ATENCIONES ESPECIALES.
POR LO CONTRARIO, LAS HE GUARDADO COMO TESOROS ETERNOS.

TODAVÍA RECUERDO LA TIZANA QUE PREPARASTE 
PARA DONAR EN PRIMARIA, EN MI NOMBRE; 
Y TE RECUERDO COMO MI REPRESENTANTE 
EN EL CUARTO GRADO, CUANDO RECLAMABAS 
LA IMPORTANCIA DE MEJORAR MI ESCRITURA 
PORQUE MIS ESCRITOS NO SE PODÍAN LEER SIEMPRE.

TU DULZURA PARA CORREGIR ERA TAN DELICADA 
Y CON PROFUNDO TACTO MATERNAL,
QUE NO TENGO HERIDAS EN MI SENTIMIENTO 
DIÁFANO Y SINCERO INSPIRADO POR TUS ACTOS.

RECIENTEMENTE VI TU FOTO CON MI HERMANO 
Y LA MESA SERVIDA CON TUS RECETAS ÚNICAS.
Y RECUERDO QUE COMER EN FAMILIA 
SIEMPRE FUE UN MOMENTO DE UNIÓN  Y MUY AGRADABLE.

MI ROPA DE VESTIR SIEMPRE ESTABA IMPECABLE 
Y TE ESMERABAS EN HACERME SENTIR IMPORTANTE Y COMPLETO.

DE TUS MANOS SOLO RECIBÍ BIEN.
DE TUS PALABRAS SOLO CONSEJOS EDUCATIVOS.
Y SIEMPRE CULTIVASTE CON ABUNDANCIA LA PRESENCIA 
DE UNA MADRE FIEL Y AMOROSA.

CELINA ES UN NOMBRE QUE EN MIS OÍDOS 
ES POESÍA, AMOR, DEDICACIÓN Y ENTREGA DE MADRE.

VEO MUY FELICES EN LOS RETRATOS DE FAMILIA 
A LOS HIJOS QUE SIEMPRE HAN VIVIDO CONTIGO 
Y QUE TU HAS PROTEGIDO, BAJO TUS ALAS,
COMO EL ÁNGEL DE LA GUARDIA PROTECTOR.

SE QUE TRABAJASTE MUY DURO Y LOGRASTE JUBILARTE.

Y AHORA COMPRENDO QUE EN TODA TU VIDA DE NOBLEZA.
DIOS TE PERMITIÓ CULTIVAR VIRTUDES Y QUE TUS LAGRIMAS 
Y ADVERSIDADES FUERON OBRAS DE PURIFICACIÓN Y PRUEBAS DE AMOR 
DURANTE LAS CUALES EL COMPARTIÓ Y TE GUIÓ DEFENDIÉNDOTE.

YO HOY SOLO QUIERO DESEARTE TODO EL BIEN QUE MERECES;
Y QUE EL DÍA QUE DIOS TE LLAME A SU REGAZO, 
TU VAYAS CONFIADA EN QUE TU LUGAR, 
ENTRE LOS ARCÁNGELES, ÁNGELES, SERAFINES Y QUERUBINES,
SERÁ PARA ADORAR AL PADRE AMADO CANTANDO:

"SANTO, SANTO, SANTO,
ALELUYA, ALELUYA, ALELUYA.
HOSANNA, HOSANNA, HOSANNA."


||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||














|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||














jueves, 5 de mayo de 2016

TRAICIÓN A LA PATRIA DE LA INCONSTITUCIONAL JUNTA CÍVICO MILITAR.

CASTRO COMUNISMO ES ALTA TRAICIÓN A LA PATRIA Y EL PSUV Y LOS CAMARADAS GENERALES INCURREN EN ENTREGA DE SOBERANÍA
AL CASTRO COMUNISMO Y EL TERRORISMO INTERNACIONAL.
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||



























TRAICIÓN A LA PATRIA Y OTROS DELITOS-
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||


 LIBRO SEGUNDO DE LAS DIVERSAS ESPECIES DE DELITO TÍTULO I De los Delitos Contra la Independencia y la Seguridad de la Nación 


CAPÍTULO I De la traición a la patria y otros delitos contra ésta 


Artículo 128.— Cualquiera que, de acuerdo con país o República extranjera, enemigos exteriores, grupos o asociaciones terroristas, paramilitares, insurgentes o subversivos, conspire contra la integridad del territorio de la patria o contra sus instituciones republicanas, o las hostilice por cualquier medio para alguno de estos fines, será castigado con la pena de presidio de veinte a treinta años. Parágrafo único: Quienes resulten implicados en cualquiera de los supuestos expresados, no tendrán derecho a gozar de los beneficios procesales de ley ni a la aplicación de medidas alternativas del cumplimiento de la pena. 


Artículo 129.— El que dentro o fuera de Venezuela, sin complicidad con otra nación, atente por si solo contra la independencia o la integridad del espacio geográfico de la República, será castigado con la pena de presidio de veinte a veintiséis años. Con la misma pena será castigado quien solicite, gestione o impetre, en cualquier forma, la intervención de un Gobierno extranjero para derrocar al gobierno venezolano.


 Artículo 130.— Cualquiera que, en tiempo de guerra de alguna nación extranjera con Venezuela, aparezca sublevado en armas contra el Gobierno legítimo de la República, y no las deponga a la primera intimación de la autoridad pública, será castigado con la pena de presidio de dieciocho a veinticinco años. 


Artículo 131.— Cualquiera que, dentro o fuera del territorio nacional, y a tiempo que Venezuela se halle amenazada de guerra extranjera, favorezca, facilite o ayude directa o indirectamente, con revueltas intestinas, o por medio de actos diversas especies de de- lito delitos contra la seguridad Nacional asociados para traicionar a la patria otros delitos contra la patria derrocar al gobierno sublevarse en tiempo de guerra cuando hay amenaza de guerra Ediciones ni de perturbación del orden público, las miras, planes o propósitos de los enemigos extraños y no se aparte de aquellas revueltas, ni se retraiga de dichos actos a la primera intimación de la autoridad pública o por propia o espontánea deliberación, será castigado con presidio de doce a veinticuatro años.


 Artículo 132.— Cualquiera que, dentro o fuera del territorio nacional, conspire para destruir la forma política republicana que se ha dado la nación será castigado con presidio de ocho a dieciséis años. En la misma pena incurrirá el venezolano que solicitare la intervención extranjera en los asuntos de la política interior de Venezuela, o pidiere su concurso para trastornar la paz de la República o que ante sus funcionarios, o por publicaciones hechas en la prensa extranjera, incitare a la guerra civil en la República o difamare a su Presidente o ultrajare al representante diplomático o a los funcionarios consulares de Venezuela, por razón de sus funciones, en el país donde se cometiere el hecho.


 Artículo 133.— Cualquiera que de la manera expresada en el artículo 128, estorbe o impida, enerve o disminuya la acción del Gobierno Nacional o de los estados para la defensa nacional, sin atender ni respetar las intimaciones de la autoridad pública, será castigado con presidio de cinco a diez años. 


Artículo 134.— Cualquiera que indebidamente y con perjuicio de la República, haya revelado los secretos políticos o militares concernientes a la seguridad de Venezuela, bien sea comunicando o publicando los documentos, datos, dibujos, planos u otras informaciones relativas al material, fortificaciones u operaciones militares, bien sea diafanizando de otra manera su conocimiento, será castigado con presidio de siete a diez años. La pena será de ocho a doce años si los secretos se han revelado a una nación que esté en guerra con Venezuela o a los agentes de dicha nación, o también si el hecho ha causado la perturbación de las relaciones amistosas de la República con otro gobierno. La pena se aumentará con una tercera parte si el culpable tenia los dibujos, planos o documentos-


 ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||

miércoles, 4 de mayo de 2016

INGRESOS PARA PAGOS DE BONOS DE SALUD Y ALIMENTARIO POR PENSIONES DE VEJEZ.

RESPUESTA AL TSJ SOBRE ORIGEN DE FONDOS PARA PENSIONES DE VEJEZ QUE INCLUYAN EL BONO DE SALUD Y EL BONO ALIMENTARIO DESDE EL PRIMERO DE MAYO 2.016.
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||

CAPITULO I.
INGRESOS PARA PAGAR BONO DE SALUD Y BONO DE ALIMENTACIÓN.
<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<< 

1|. FUENTE DE INGRESOS PRIMARIA. ORIGEN DE FONDOS COTIZADOS.
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||

LA FUENTE DE INGRESOS PRIMARIA PROVIENE DE LAS COTIZACIONESDEL “RÉGIMEN DE OBLIGACIONES SOCIALES”, A LAS CUALES, COTIZA TANTO EL TRABAJADOR COMO EL PATRONO.

2°. FIDEICOMISO DE LAS OBLIGACIONES SOCIALES.
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||

ESTOS FONDOS SI LOS MANEJA EL ESTADO CON EL “INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES.” SE DEBE GARANTIZAR MEDIANTE “ FIDEICOMISO DE LAS OBLIGACIONES SOCIALES”UN RENDIMIENTO A LA TASA ACTIVA PROMEDIO DE LOS SEIS(6) BANCOS PRINCIPALES, TAL COMO SE OBLIGA POR LEY A LAS PRESTACIONES SOCIALES CUANDO EL PATRONO LAS UTILIZA EN SU CONTABILIDAD COMO UN PRÉSTAMO.


3|. MONTO DE LAS COTIZACIONES.
|||||||||||||||||||||||||||

 SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO: PATRONO COTIZA 11% Y TRABAJADOR EL 4%

NOTA: MONTO MÁXIMO PARA COTIZAR SERÍA EL MONTO DE CINCO(5) SALARIOS
MÍNIMOS URBANOS.SUPONE RIESGO MÁXIMO.

4|. PRESUPUESTO ANUAL PARA PAGO A JUBILADOS.
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||

EL PRESUPUESTO MENSUAL SERÍA UNA APROPIACIÓN DEL MONTO ACUMULADO DEL FIDEICOMISO COMPUESTO POR LOS SIGUIENTES APORTES:

5|. APORTES DE CAPITAL AL FIDEICOMISO DE OBLIGACIONES SOCIALES.  
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||                                                                                         
1°. COTIZACIONES PASADAS DE TODOS LOS JUBILADOS Y SUS PATRONES ( SALDO REMANENTE ).
2°. COTIZACIONES PRESENTES Y FUTURAS DE TODOS LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y SUS PATRONES.
3°. INTERESES MENSUALES A INTERES COMPUESTO DEL RENDIMIENTO DEL FIDEICOMISO ESPECIALMENTE DISEÑADO CON TASAS ACTIVAS PROMEDIO PUBLICADAS POE EL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA.
4°. APORTES DEL 2% DE INGRESOS EXTRAORDINARIOS DEL ESTADO.
5°. APORTES DEL 1% DE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS ANTES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
6°. APORTES DEL 0,5% DE LAS UTILIDADES ANUALES PAGADAS A LOS TRABAJADORES.
7°. APORTE DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA DEL 2% DE LAS GANANCIAS CAMBIARIASEN EL MES QUE SE REALICEN.
8°. DONACIONES LIBRES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS.
9°. APORTE DEL 1% DEL IMPUESTO DEL VALOR AGREGADO RECAUDADO POR EL SENIAT CON FRECUENCIA MENSUAL.
10. BONOS PAGADEROS EN DÓLARES CON TASAS DE INTERÉS DE MERCADO SE PUEDEN INVERTIR NO MENOS DEL 10% DISPONIBLES DEL EXCEDENTE DE LOS PRESUPUESTOS ANUALES. EL INTERES POR ENCIMA DEL MÍNIMO OBLIGATORIO CON TASAS ACTIVAS DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA SE SUMARIA TOTALMENTE COMO NUEVO CAPITAL EN DÓLARES.
II°. BONOS DE EMPRESAS PRIVADAS Y PÚBLICAS CON FINES EMPRESARIALES PODRÍAN UTILIZAR FINANCIAMIENTO DEL FIFEICOMISO SIEMPRE QUE GARANTICEN CON FIANZA UN INTERÉS SUPERIOR AL DE LAS TASAS ACTIVAS. EN ESTAS INVERSIONES SE PODRÍA DISPONER HASTA UN 40% DEL EXCEDENTE DE LOS PRESUPUESTOS ANUALES.
12°. EL MÉTODO DE SUBASTAS PÚBLICAS TRANSPARENTES SE PUEDE UTILIZAR CUANDO LA DEMANDA DE FONDOS PARA INVERSIÓN SEA SUPERIOR A LA OFERTA DISPONIBLE DE FONDOS. SE ADJUDICARÍA CON UNA MATRIZ DE CALIFICACIONES ESPECIALMENTE DISEÑADA.
13°. PARA EL CASO DE OBRAS CIVILES Y AFINES LA APROPIACIÓN DEL FINANCIAMIENTO SERÍA POR EL PORCENTAJE PONDERADO DEL CAPITAL FINANCIADO POR VALUACIONES REALES.
14°. SI LA PROPUESTA REQUIERE ANTICIPOS SE EXIGIRÍA FIANZA Y SE DESCONTARÍA EN EL MISMO PORCENTAJE DE LAS VALUACIONES DE OBRA POR PERÍODOS MÁXIMOS TRIMESTRALES, INCLUYENDO EL INTERÉS PACTADO PROPORCIONALMENTE.

15°. SI SE TRATA DE VIVIENDAS PARA TRABAJADORES EL MONTO A FINANCIAR SE RECUPERARÍA COMO RENTA PERPETUA RECUPERADA MENSUALMENTE COMO CUOTA DE LOS APORTES DE LAS “CONTRIBUCIONES AL FONDO DE AHORRO OBLIGATORIO DE VIVIENDA.” PARA ESTOS FINES NO SE DEBE COMPROMETER MÁS DEL 0,5%. DE LOS FONDOS COMPROMETIDOS PARA INVERSIONES.
16°. DEL EXCEDENTE DE REGALÍA PETROLERA, UNA VEZ CUBIERTO EL PRESUPUESTO DE LA EMPRESA PETROLERA PÚBLICA O MIXTA, EL HOLDING PETROLERO PÚBLICO CON FRECUENCIA MENSUAL APORTARÍA EL 1% ADICIONAL AL FIDEICOMISO DE OBLIGACIONES SOCIALES.
17°. DE TODO INGRESO EXTRAORDINARIO POR UTILIDADES CAMBIARIAS ; O POR EL INGRESO AJUSTADO POR INFLACIÓN DE DEUDAS FINANCIADAS A INTERESES PREFERENCIALES BANCARIOS QUE RESULTEN EN POSICIONES MONETARIAS POSITIVAS SE DEBE APORTAR EL 2% AL FIDEICOMISO DE OBLIGACIONES SOCIALES.

18°. TAMBIÉN SERÁN INGRESADPOS EL 100% DE LA APLICACIÓN DE INTERESES MORATORIOS POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO.
CONCORDANCIA: EL CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO( COT ) PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL N° 37.305 DEL 17-10-2001, EN EL TÍTULO II, CAPÍTULO VII, REGULA LO RELATIVO A LOS INTERESESDE MORA, EN LOS ARTÍCULOS 66 Y 67.
19. TAMBIÉN DEBEN INGRESAR AL FIDEICOMISO DE OBLIGACIONES SOCIALES:
A°. EL PAGO DE LAS COTIZACIONES ATRASADAS POR EL PATRONO DESDE EL INGRESO DEL TRABAJADOR.
B°. EL PAGO DEL PATRONO POR RETENCIONES DEL TRABAJADOR PARA EL PAGO DEL SEGURO SOCIAL NO DESCONTADAS AL MOMENTO DE EFECTUAR EL PAGO DEL SALARIO O SUELDO DEL ASEGURADO.
C|. EL PAGO DE LAS RETENCIONES OBLIGATORIAS DEL TRABAJADOR Y LAS OBLIGACIONES DEL PATRONO NO PAGADAS AL MOMENTO DEL PAGO DEL SALARIO O SUELDO DEL ASEGURADO.
20°. OTRAS CONTRIBUCIONES Y DONACIONES LEGALES Y VOLUNTARIAS.                              






CAPITULO II
MONTOS DE LOS BONOS DE SALUD Y DEL BONO DE ALIMENTACIÓN.
>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>> 

I°. FASE DE TRANSICIÓN. DE INMEDIATO.
||||||||||||||||||||||||||||||||

1°. BONO DE ALIMENTACIÓN : 3,5 UNIDADES TRIBUTARIAS POR DÍA DESDE EL PRIMERO DE MAYO 2.016. CONSIDERANDO UNA UNIDAD TRIBUTARIA DE 177 BOLÍVARES: ESTE BONO SE CONTABILIZA EN BOLÍVARES 18.585,00 POR MES.

2°. BONO DE SALUD: 3,5 UNIDADES TRIBUTARIAS POR DÍA DESDE EL PRIMERO DE MAYO 2.016 CONTABILIZA EL MISMO MONTO EN  BOLÍVARES DEL BONO ALIMENTARIO DE BOLÍVARES 18.585 POR MES.

3°. PATOLOGÍAS QUE EXCEDAN EL BONO DE SALUD DEBEN SER ATENDIDAS POR LOS HOSPITALES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO. EL SISTEMA PRIVADO DE SALUD DEBERÍA ATENDER UN 10% DE LOS PACIENTES PROMEDIO TOTALES DEL PERÍODO ANUAL ANTERIOR. EL CONCEPTO SERÍA DE DONACIONES EXCEPTUADAS DEL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

II. FASE META DE APLICACIÓN DEFINITIVA.
|||||||||||||||||||||||||||||||||||

1°. SALARIO MÍNIMO Y BONO DE ALIMENTACIÓN DEBEN CUBRIR LA CESTA BÁSICA ALIMENTICIA.PARA LOGRAR ESTA META SE DEBE PROCEDER A AJUSTAR EN FORMA MENSUAL EL SALARIO MÍNIMO HASTA COMPLETAR LOS 142.000 BOLÍVARES DE LA CESTA BÁSICA FAMILIAR. Y A PARTIR DE MAYO 2.017 EL SALARIO MÍNIMO DEBE SER IGUAL A LA CESTA BÁSICA ALIMENTICIA.

2°. BONO DE SALUD DEBE SER AJUSTADO A LA DIFERENCIA ENTRE LA CESTA FAMILIAR Y LA CESTA BÁSICA ALIMENTICIA.PARA LOGRAR ESTA META SE DEBE PROCEDER A AJUSTAR EN FORMA MENSUAL EL BONO DE SALUD EN EL MONTO DE 30.000,00 BOLÍVARES ADICIONALES, CONSIDERANDO LA CESTA FAMILIAR PUBLICADA A MARZO 2.016 DE 172.000 BOLÍVARES MENSUALES.

3°. SIGUIENDO ESTAS ESTRATEGIAS AL PRIMERO DE MAYO DEL 2,017 SUCEDERÁN DOS(2) HECHOS SOCIO ECONÓMICOS DE SINGULAR RELEVANCIA:

PRIMERO:

LOS TRABAJADORES ACTIVOS TENDRÁN UN SALARIO MÍNIMO INTEGRAL QUE ES IGUAL A LA CESTA BÁSICA ALIMENTARIA, CUMPLIENDOSE EL FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 91.

A DIFERENCIA DE LA SITUACIÓN ANTERIOR: TODO EL SALARIO MÍNIMO INTEGRAL FORMARÁ UN SALARIO QUE SE INCLUIRÁ PARA TODOS LOS CONCEPTOS ASOCIADOS
AL SALARIO NORMAL: SERÁ CONSIDERADO PARA EL BONO VACACIONAL, UTILIDADES Y PRESTACIONES SOCIALES.

SEGUNDO

LOS PENSIONADOS TENDRÁN UNA CANASTA FAMILIAR QUE INCLUIRÁ LOS BONOS DE SALUD Y ALIMENTARIO PERO QUE NO TENDRÁ LOS EFECTOS SOBRE NINGÚN CONCEPTO LABORAL ASOCIADO COMO BONO VACACIONAL, UTILIDADES Y PRESTACIONES. LA CANASTA BÁSICA SI TENDRÁ INCLUIDOS EL SALARIO MÍNIMO ANTERIOR Y LOS DOS(2) BONOS DE SALUD Y ALIMENTARIO.

III°. CONSIDERACIONES FINALES.
||||||||||||||||||||||||

1°. ESTE PLAN DE INGRESOS APLICA PARA TRABAJADORES JUBILADOS CON PENSIÓN DE VEJEZ QUE COTIZARON DURANTE SU VIDA ÚTIL DE TRABAJO O QUE COMPLETARON EL MÍNIMO DE 750 COTIZACIONES. ESTA CONDICIÓN GARANTIZA AL TRABAJADOR CONTRIBUYENTE EL MÁXIMO BENEFICIO VIABLE Y SUSTENTABLE EN FORMA AUTÓNOMA.
2°. DE REQUERIRSE UN BANCO DE FIDEICOMISO DE OBLIGACIONES SÓCIALES SE FUNDARÍA PARA CUMPLIR LAS EXIGENCIAS ESTABLECIDAS AHORA LEGALMENTE.

3°. LAS PENSIONES POR VEJEZ QUE OTORGUE EL ESTADO DEBEN CUBRIRSE CON FONDOS DEL PRESUPUESTO ORDINARIO DEL ESTADO. CORRESPONDE AL ESTADO JUSTIFICAR ESTAS PENSIONES QUE ESTÁN FUERA DEL “RÉGIMEN DE OBLIGACIONES SOCIALES” , ASÍ COMO DETERMINAR SU MONTO Y FRECUENCIA DE AJUSTES .

ESPERANDO SATISFACER EL REQUERIMIETO DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, RESPECTO A LA FUENTE DE INGRESOS PARA EL PAGO DE PENSIONES POR VEJEZ:

SU AMIGO Y COMPATRIOTA:

CIUDADANO CARLOS ANTONIO RUIZ VILLANUEVA.
ING. DE PETRÓLEO Y ECONOMISTA.
C.I.V. : 17.110 ; C.E.E.Z. : 1.303
SOCIDEPRO@GMAIL.COM
(0261) 7832256.

MARACAIBO, MAYO DEL 2.016.

****************************************************************************************************************************************************************










                                                                                                                                                                                                   


lunes, 2 de mayo de 2016

MENSAJE PERMANENTE AL SOLDADO DEL EJÉRCITO GLORIOSO DE LIBERTADORES.

DOCTRINA BOLIVARIANA CON RANGO CONSTITUCIONAL.
*******************************************************

CONCORDANCIA: ARTÍCULOS 1, 328, 330.
<<<<<<<<<<<<<<




MENSAJE AL SOLDADO VENEZOLANO:
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
A°. MANDATO CONSTITUCIONAL.
<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<
Artículo 328
. 1°. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley.
2°. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna.
3°. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación.
4°. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
B°. DOCTRINA BOLIVARIANA.
<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<
1°. " EL SISTEMA MILITAR ES EL DE LA FUERZA Y LA FUERZA
NO ES EL GOBIERNO.
2°. NO PUEDO DEJAR DE CONVENIR QUE ES INSOPORTABLE
EL ESPÍRITU MILITAR EN LO CIVIL.
3°. UN SOLDADO FELIZ NO ADQUIERE NINGÚN DERECHO
PARA MANDAR LA PATRIA.
4°. NO ES EL ARBITRO DE LAS LEYES NI DEL GOBIERNO;
ES EL DEFENSOR DE LA LIBERTAD.
5°. MEJOR AÚN, EL SOLDADO NO DEBE DELIBERAR,
6°. ¡ Y DESGRACIADO DEL PUEBLO CUANDO EL HOMBRE ARMADO DELIBERA.!
7°. POR TANTO, EL DESTINO DEL EJÉRCITO SÓLO DEBE SER GUARNECER LAS FRONTERAS.
8°. ¡ DIOS NOS PRESERVE DE QUE VUELVA SUS ARMAS
CONTRA LOS CIUDADANOS. ! "
SIMÓN BOLÍVAR.
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
C°. QUIEN DA TODO POR LA PATRIA: NO PIERDE NADA
Y GANA TODO CUANTO LE CONSAGRA.
<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<
"AQUEL QUE ASEGURA SU HONOR DEDICANDO
SU VIDA AL SERVICIO DE LA HUMANIDAD, A LA DEFENSA DE LA JUSTICIA Y AL EXTERMINIO DE LA TIRANÍA, ADQUIERE
UNA VIDA DE INMORTALIDAD,UNA MUERTE GLORIOSA
TRIUNFA SOBRE EL TIEMPO Y PROLONGA LA SUBLIME
EXISTENCIA HASTA LA MÁS REMOTA POSTERIDAD."
SIMÓN BOLÍVAR.
Me gustaMostrar más reacciones
Comentar
Comentarios
Carlos Antonio Ruiz Villanueva
Escribe un comentario...

Noticias

ACTIVIDAD RECIENTE